Ya es obligatorio el Certificado de Eficiencia Energética

Desde el 1 de junio, todo inmueble en España que se quiera vender o alquilar durante más de 4 meses deberá disponer del Certificado de Eficiencia Energética, siendo el propietario el responsable de aportarlo. De no hacerlo, se enfrenta a multas entre 300 y 6000 euros. La norma también afecta a locales comerciales y a la renovación de los arrendamientos. Sin esa etiqueta energética, que hay que poner a disposición de compradores o arrendadores, una vivienda no se puede ni siquiera anunciar. Para conseguirla, el propietario tiene que elegir a un técnico autorizado -como un aparejador, arquitecto o ingeniero- que debe examinar la casa: desde las ventanas a la calefacción, pasando por la refrigeración o la producción de agua caliente. El certificado evalúa la eficiencia energética del inmueble y le otorga una calificación en una letra que variará de la A a la G, siendo A la más eficiente y G la menos, un sistema parecido al de los electrodomésticos de siete escalas. Además de la información objetiva sobre sus características energéticas, el certificado deberá incluir recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética del inmueble. Con una validez de 10 años, permite al comprador o arrendatario saber cuánta energía gasta una vivienda antes de alquilarla o comprarla. El objetivo de la medida es fomentar el ahorro y la eficiencia, así como que se pueda valorar y comparar los edificios, con el fin de favorecer la promoción de aquellos que tengan alta eficiencia y las inversiones en ahorro de energía.